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Sanción en materia de impacto ambiental por afectar superficie de 2,641.8
m2 de un ecosistema de duna costera en el municipio de Isla Mujeres, Quintana Roo
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Obra realizada por la empresa “Los Sueños Holding” en dos predios del “Fraccionamiento
del Sureste”
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Medida correctiva al Proyecto le prohíbe además realizar cualquier obra o
actividad distinta o adicional
La
Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (PROFEPA) impuso pago de una
multa por 1´000,046.60 pesos a una empresa inmobiliaria, por construir sin
autorización en materia de impacto ambiental un balneario en un ecosistema
costero, en un fraccionamiento habitacional del Municipio de Isla Mujeres, Q.
Roo.
La
sanción económica contra la desarrolladora “LOS SUEÑOS HOLDING S.A DE C.V”,
comprende además la prohibición como medida correctiva, el abstenerse de
realizar cualquier obra o actividad distinta o adicional a las inspeccionadas
en el predio ubicado dentro del Fraccionamiento del Sureste.
Ante
ello, dicha empresa quedará obligada a la obtención de la autorización en
materia de impacto ambiental respectiva que expide la Secretaría de Medio
Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT), y en caso contrario deberá restaurar
el sitio a su condición original.
La acción emprendida a través de la
Delegación de la PROFEPA en dicha entidad fue en atención a una denuncia
popular presentada el pasado mes de julio y que derivó en visita de inspección
al sitio, donde se pudo constatar la realización indebida de obras dentro de
una superficie de 2,641.8 m2.
La construcción del balneario que
comprende entre otras obras palapas, toboganes y un muelle se desarrollaron en
zona federal marítimo terrestre; zona de playa así como zona marina que se
encuentran inmersas en un ecosistema de duna costera.
Dicho
sistema está compuesto por dos comunidades de vegetación denominadas halófila y
matorral costero, con presencia de Sikimay (Argusia gnaphalodes), Margarita de
playa (Ambrosia hispida), Pantzil (Suriana marítima), Lirio de playa
(Hymenocallis littoralis) y Verdolaga de playa (Sesuvium portulacastrum).
Asimismo, se encuentra vegetación de
selva baja con ejemplares como Chaca
rojo (Bursera simaruba), Tzalam (Lysiloma latisiliquum), Jabín (Piscidia
piscipula) y fauna silvestre como el Tolok (Basiliscus vittatus) y la iguana
rayada (Ctenosaura similis) especie listada en la NOM-059-SEMARNAT-2010 en la
categoría de Amenazada (A).
Cabe señalar que las dunas costeras
constituyen el hábitat, sitio de anidación, alimentación y reproducción de
muchas especies de fauna silvestre, así como el hábitat de especies vegetales
características de ese ecosistema.
Durante los procedimientos
administrativos respectivos, el representante legal de la empresa no acreditó
contar con el documento en el que conste la autorización o exención en materia
de Impacto Ambiental emitida por la Secretaria de Medio Ambiente y Recursos
Naturales (SEMARNAT) para la realización de las obras.
Ante ello, la PROFEPA resolvió imponer
una multa por un total de $1´000,046.60 pesos, equivalente a 14,266 días de
salario mínimo general vigente y abstenerse de realizar cualquier obra o
actividad distinta o adicional.
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